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Ecuador acaba de hacer lo que ningún país de América Latina se había atrevido a hacer por escrito: ponerle límites concretos a la inteligencia artificial dentro de un juzgado.

Una propuesta de reforma al Código Orgánico de la Función Judicial, presentada por la legisladora Mónica Salazar en la Asamblea Nacional, establece que la IA puede servir como herramienta de apoyo, pero que nunca reemplazará el criterio de quienes administran justicia.

El proyecto no es una reacción al miedo. Es una respuesta a lo que ya está pasando. En distintos países, tribunales han debido emitir protocolos después de que abogados presentaran escritos con citas de jurisprudencia inexistente generada por herramientas de IA.

ChatGPT y similares ya están en los escritorios de abogados de medio mundo, y la línea entre asistente jurídico y fabricante de ficciones legales se volvió peligrosamente difusa.

La regla de oro: quien firma, responde

El proyecto es claro: la inteligencia artificial podrá usarse para buscar jurisprudencia, clasificar expedientes, organizar documentos y procesar grandes volúmenes de información. Pero quedan fuera funciones esenciales como la valoración de pruebas, la interpretación de normas, la motivación de resoluciones y la emisión de decisiones judiciales. Esas actividades siguen siendo competencia exclusiva de jueces y tribunales.

Lo que hace más fuerte a esta propuesta es el régimen de responsabilidades. La reforma incorpora una nueva prohibición en el régimen disciplinario: constituirá falta grave utilizar herramientas de IA sin comprobar previamente su veracidad, pertinencia y actualidad cuando ello pueda afectar funciones o inducir a error.

La medida alcanza a jueces, fiscales, defensores públicos, servidores judiciales y abogados.

Es decir: si un abogado presenta un escrito con jurisprudencia inventada por IA y eso induce a error al juez, la responsabilidad profesional no desaparece por el hecho de haber usado una herramienta automatizada.

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Principios que suenan a sensatez

La reforma también incorpora una serie de principios que orientarían el uso de IA en la Función Judicial: control humano permanente, transparencia, protección de datos personales, confidencialidad, prevención de sesgos algorítmicos, seguridad informática, trazabilidad de actuaciones y rendición de cuentas.

Suena a sentido común, pero es el primer país de la región que lo escribe como ley.

En Europa, el AI Act ya clasifica los sistemas de IA en riesgo y prohíbe los que manipulan el comportamiento humano o realizan perfilado social. Brasil avanza con su propio marco regulatorio. Pero en América Latina, la mayoría de países sigue sin reglas claras para el uso de IA en sectores sensibles como la justicia, la salud o la educación.

¿Modelo para LATAM o experimento aislado?

Ecuador podría parecer un laboratorio pequeño para una regulación grande. Pero el enfoque tiene algo que otros marcos no tienen: concreción. No se trata de principios abstractos sobre “IA responsable”, sino de una falta disciplinaria específica, de un régimen de responsabilidades claro, de un camino legislativo definido.

La propuesta se encuentra en la fase inicial del trámite legislativo: debe ser calificada por el Consejo de Administración Legislativa, pasar a comisión especializada, superar dos debates en el Pleno de la Asamblea Nacional y luego ir al Ejecutivo para sanción u objeción.

Mientras otros países debaten si regular la IA o no, Ecuador ya puso el borrador sobre la mesa. La pregunta es si otros seguirán su ejemplo o si la regulación de la IA en justicia seguirá siendo un tema que cada país resuelve a su manera, sin un referente regional.